Imprimir

Ley de Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas Artículo 113 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Publico Catamarca
Artículo 113.

Tratándose de transferencias de bienes muebles efectuadas entre Organismos del Sector Publico Provincial, quién los reciba deberá contar con el crédito presupuestario suficiente para ser afectado por el valor de dichos bienes.

Las Autoridades Superiores de los Poderes del Estado Provincial y del Tribunal de Cuentas de la Provincia podrán, disponer, en sus respectivos ámbitos, excepciones a esta norma, mediante disposición expresa en cada oportunidad, en los siguientes casos:

a) Cuando por procesos de racionalización, fusión o supresión de oficinas, dependencias u Organismos sea conveniente dar distinto destino a los bienes, o su venta resulte antieconómica;

b) Cuando sea necesario asignar bienes en forma transitoria o temporaria, debiéndose establecer el plazo respectivo;

c) Cuando el monto de los bienes a transferir no supere el monto limite establecido para las contrataciones mediante el procedimiento de Concurso de Precios, por cada Organismo que reciba los bienes, durante el ejercicio financiero;

d) Cuando por la aplicación de la norma genérica, resulte un evidente perjuicio a los intereses provinciales o se planteen dificultades presupuestarias insalvables; debiéndose fundamentar expresamente tales circunstancias.

e) Cuando los bienes a transferir no presten utilidad o se logre a través de este medio un mejor aprovechamiento de los mismos

Provincia de Catamarca Artículo 113 Ley de Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Publico
Artículo 1 ...111 112 113 114 115 ...133

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse