Ley Complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (Ley Complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Ley Complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Artículo 1. Adhiérase la Provincia de Tierra del Fuego al Título I de la Ley...
- Artículo 2. Encomiéndase al Poder Ejecutivo Provincial a celebrar convenios de...
- Artículo 3. Determínase que los recursos ante el fuero laboral aludidos en el artículo...
- Artículo 4. Incorpórese el tercer párrafo al artículo 639 de la Ley N°...
- Artículo 5. La presente entrará en vigencia a los veinte (20) días de su promulgación
- Artículo 6. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Día de los derechos del niño por nacer Autorización a realizar operaciones de crédito público Ley de concientiación, Prevención e Erradicación del Grooming Prohibición a los proveedores de servicios o comercios adheridos al sistema de pago a través de tarjetas de débito, crédito Salud pública: Incorporación de la labor del payaso de hospitalMejores juristas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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