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Instituyen un régimen para la promoción y desarrollo de la ganadería extensiva Artículo 18 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Instituyen un régimen para la promoción y desarrollo de la ganadería extensiva Chubut
Artículo 18.

La Autoridad de Aplicación, previa consulta de la UAT, podrá destinar anualmente hasta el quince por ciento (15%) del Fondo para otras acciones de apoyo general a la recuperación de la ganadería que considere convenientes, tales como:

a. Llevar a cabo campañas de difusión de los alcances del presente régimen;

b. Realizar estudios de mercado y transferir la información a los productores;

c. Solventar los programas que tengan como objetivo la búsqueda de una mejora en el sistema de producción extensiva;

d. Solventar la capacitación técnica del personal pecuario;

e. Realizar acciones tendientes a la apertura y mantenimiento de los mercados;

f. Apoyar en las medidas de control de las especies de animales silvestres predadores de la ganadería;

g. Apoyar económicamente a los productores ante casos muy graves y urgentes que afecten sanitariamente a las majadas y que superen la capacidad presupuestaria de los organismos nacionales y provinciales específicos correspondientes;

h. Solventar campañas para incrementar el consumo de productos derivados de la producción extensiva;

i. Financiar la realización de estudios a nivel regional de suelos, de aguas y de vegetación, a los fines que sean utilizados como base para fundamentar una adecuada evaluación de los planes de trabajo y proyectos de inversión presentados al régimen;

j. Capacitar a productores, empleados permanentes de los establecimientos dedicados a la ganadería extensiva, técnicos y a los profesionales involucrados en la formulación y ejecución de los planes y proyectos de inversión presentados a este régimen.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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