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Implementación y desarrollo de la Telesalud con el fin de avanzar hacia la cobertura integral de la Artículo 4 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Implementación y desarrollo de la Telesalud con el fin de avanzar hacia la cobertura integral de la salud La Rioja
Artículo 4.

Definiciones:

a) Telemedicina: Se entiende a la prestación de servicios de atención de salud, donde la distancia es un factor crítico por todos los miembros del equipo de salud que deberán utilizar tecnologías de la información y la comunicación para el intercambio de información válida para el diagnóstico, tratamiento y prevención de las enfermedades y lesiones, la investigación, la evaluación y seguimiento, y para la educación continua de proveedores de atención de salud, para la promoción de la misma en los individuos y sus comunidades.

b) Teleconsulta: Hace referencia a la comunicación a distancia entre dos o más integrantes del equipo de salud o entre un proveedor de salud y un paciente, utilizando las tecnologías de la información y de la comunicación. Están incluidas todas las prácticas, con excepción de todas aquellas que requieran explícitamente de exámenes físicos que no puedan ser reemplazados por herramientas tecnológicas.

1. La teleconsulta puede ser sincrónica, hace referencia a la forma de comunicación que sucede en tiempo real, habitualmente con transmisión de audio y video de manera simultánea entre un sitio de origen y uno de destino. En la teleconsulta asincrónica los participantes no interactúan en tiempo real sino que la comunicación se realiza mediante el envío de información de manera diferida en el tiempo. De esta manera, los datos se almacenan en una plataforma y se retransmiten en otro momento en otro dispositivo.

2. En el acto médico, tal como ocurre en el encuentro presencial, será el profesional integrante del equipo de salud el que propone el tipo y modalidad de práctica y es el paciente el que tiene el derecho de aceptar o rechazar la propuesta de uso de tecnología.

Son los miembros del equipo de salud quienes, bajo su juicio, evalúan el uso de la telemedicina para un paciente en un contexto determinado.

3. El paciente debe otorgar el consentimiento informado para la atención mediante telemedicina. La Autoridad de Aplicación realizará el procedimiento necesario para este consentimiento que garantice el total entendimiento de los beneficios y potenciales riesgos del uso de tecnologías para su atención a distancia. Tratándose de un consentimiento informático deberá establecerse el mecanismo legal en formato digital para que sea validado.

c) Teleasistencia: Es una estrategia que permite vincular a las personas con la red de salud, coordinando los recursos y dispositivos disponibles.

Involucra acciones directas y bidireccionales entre una persona fuera de un establecimiento de salud y un equipo y/o un aplicativo, los cuales interactúan mediante tecnologías de información y comunicación en salud (TICs) en pro del mantenimiento, control y mejoría de la salud individual. Tiene tres ámbitos de acción: Telediagnóstico, Teleseguimiento, Teleeducación y Telegestión.

d) Telegestión: Es el servicio de gestión administrativa de pacientes que comprende tanto la solicitud de pruebas analíticas como aspectos relacionados con la facturación por la prestación de servicios.

e) Teleformación: Es la formación a distancia para profesionales, que facilita la educación continua de los profesionales de salud.

f) Telecapacitación: Es la evaluación y la investigación colaborativa en red, es decir el uso de las TIC para compartir y difundir buenas prácticas, así como crear conocimiento a través de las acciones y reacciones de sus miembros. Dentro de ese rubro encontramos ateneos, capacitaciones y formación a distancia, entre otras.

g) Teleinterconsulta: Se trata de la interrelación consultiva entre múltiples actores a modo de obtener una segunda opinión o bien interconsultar a un médico especialista. Puede ser sincrónica o asincrónica.

h) Teleeducación: Impulsar el desarrollo de la misma con propuestas innovadoras que alcancen el primer nivel de atención, zonas rurales y la comunidad en general, fomentando estrategias educativas interdisciplinarias y redes académicas.

Provincia de La Rioja Artículo 4 Salud Pública. Implementación y desarrollo de la Telesalud con el fin de avanzar hacia la cobertura integral de la salud
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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