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Facultad a la Corte Suprema de Justicia para impulsar un proceso de implementación parcial y progres Artículo 7 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Facultad a la Corte Suprema de Justicia para impulsar un proceso de implementación parcial y progresivo de la Justicia de Paz Letrada Tucumán
Artículo 7.

Modifícase el Art. 79 de la Ley N° 6238 en la forma que a continuación se indica:

"Art. 79: Designación. Remoción. Los Jueces de Paz Letrados serán designados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo acuerdo de la Corte Suprema de Justicia, sin perjuicio de las transformaciones de Jueces de Paz Letrados que se dispongan mediante acordadas de la Corte Suprema de Justicia con relación a los Jueces de Paz que ejercen esa función en el sistema de Justicia de Paz Lega. Los Jueces de Paz Letrados gozarán de las garantías de estabilidad, inamovilidad e intangibilidad laboral, a la vez que estarán sujetos a las incompatibilidades establecidas por los Jueces de Primera Instancia. En los supuestos de inconducta, irregularidades e incumplimiento de las disposiciones de la presente Ley en el ejercicio de sus funciones, serán pasibles de la norma general para enjuiciamiento de los miembros del Poder Judicial no sometidos a juicio político previsto en el Artículo 125 de la Constitución Provincial".



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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