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Exime del pago de impuesto a las Actividades Económicas a personas inscriptas en el Registro Naciona Artículo 2 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Exime del pago de impuesto a las Actividades Económicas a personas inscriptas en el Registro Nacional Salta
Artículo 2.

Facúltase a la Dirección General de Rentas a establecer los procedimientos necesarios a fin de efectuar la condonación de la deuda generada a los sujetos comprendidos en el artículo 1° que hayan efectuado su inscripción en el impuesto a las Actividades Económicas a partir del 1 de octubre de 2.010 y hasta la fecha de promulgación de la presente Ley.

Los contribuyentes que se encuentren comprendidos en el 1° párrafo, tendrán un plazo de sesenta (60) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para solicitar la condonación correspondiente.



Provincia de Salta Artículo 2 Exime del pago de impuesto a las Actividades Económicas a personas inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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