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Estatuto para los Agentes de la Administración Pública Provincial de los Poderes Ejecutivo y Legisla Artículo 283 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Estatuto para los Agentes de la Administración Pública Provincial de los Poderes Ejecutivo y Legislativo La Pampa
Artículo 283.

El agente que se encontrara privado de su libertad, será considerado suspendido en el ejercicio de su cargo mientras subsista el impedimento, sin que ello signifique sanción disciplinaria ni prejuzgamiento en sede administrativa. El agente deberá reintegrarse a sus tareas inmediatamente de recuperada su libertad, salvo que hubiera mediado pronunciamiento administrativo anterior, en cuyo caso, la situación se resolverá con ajuste a dicho pronunciamiento. Si el agente reintegrado acreditara el dictado de sentencia judicial firme, por la que hubiera resultado sobreseido o absuelto en causa iniciada por denuncia formulada por el respectivo Poder se le abonarán los haberes correspondientes al período durante el cual se lo consideró suspendido y le serán reconocidos, por el mismo período, todos los derechos como si hubiera estado en actividad, salvo que se esté instruyendo sumario administrativo, en cuyo caso se estará al resultado del mismo, o que hubiera mediado pronunciamiento administrativo por el que se disponga lo contrario.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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