Establécese que los sujetos que efectúen la normalización de tenencia de moneda nacional Artículo 2 Provincia de Córdoba
Establécese que los sujetos que efectúen la normalización de tenencia de moneda nacional Córdoba
Artículo 2.
Establécese que los sujetos que accedan al beneficio dispuesto en el artículo 1° de la presente Ley deben presentar y exhibir, a requerimiento de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba o de la Dirección de Inteligencia Fiscal de la Provincia de Córdoba, o los organismos que los reemplacen en sus competencias -a los fines de la procedencia del mismo- los antecedentes y formalidades exigidas por las disposiciones vigentes a nivel nacional para perfeccionar la normalización de tenencia de moneda prevista en el Capítulo Único del Título II de la Ley Nacional N° 27.613, sus modificatorias y demás normas complementarias.
Provincia de Córdoba Artículo 2 Establécese que los sujetos que efectúen la normalización de tenencia de moneda nacional o extranjera quedan liberados del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los ingresos que hubieran omitido declarar
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Creación de la Tasa Vial Provincial Córdoba Artículo 2. Consumidores Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles que ubicados en el partido de San Isidro Buenos Aires Artículo 5. Regulación de la organización de la disposición o constitución de derechos reales sobre bienes inmuebles Córdoba Artículo 7. Permiso de uso Adhesión provincial a ley Nacional 26.759 sobre cooperadoras ecolares Santa Cruz Artículo 2. Registro General Córdoba Artículo 2.Publique la información de sí mismo
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