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Establecen Políticas Públicas que garanticen la Concientización, Prevención y Erradicación del Groom Artículo 5 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Establecen Políticas Públicas que garanticen la Concientización, Prevención y Erradicación del Grooming Mendoza
Artículo 5.

La Autoridad de Aplicación tendrá las siguientes funciones en orden al cumplimiento de los objetivos del Programa:

a) Generar conciencia sobre el uso responsable de las TICs, con el fin de procurar la utilización de las mismas por parte de niños, niñas y adolescentes con los menores riesgos posibles respecto a la problemática descripta en el artículo 2º de esta ley.

b) Brindar prevención y protección a los derechos de los niños, niñas y adolescentes frente al grooming, prácticas de hostigamiento digital y otros riesgos inherentes en el ciberespacio.

c) Capacitar a la comunidad educativa en los distintos niveles del ámbito público y privado para concientizar sobre la problemática y la utilización segura de las TICs.

d) Confeccionar un protocolo-guía sobre las modalidades de grooming y prácticas de hostigamiento digital, indicando los pasos a seguir en caso de detectar posibles situaciones.

e) Organizar espacios de reflexión y debate en establecimientos educativos de gestión pública y privada y cualquier otro ámbito que reúna a niñas, niños y adolescentes y a sus responsables parentales con el objeto de brindar herramientas mediante talleres, seminarios y clases especiales orientadas a la concientización y conocimiento del uso responsable de las TICs, y de la prevención y cuidado frente al grooming y prácticas de hostigamiento digital.

f) Brindar información acerca de la forma en que deben denunciarse los hechos cuando constituyan a su vez delito, en coordinación con el Ministerio Público Fiscal.

g) Difundir los sitios web de los distintos organismos del Estado que promocionan el adecuado uso de las redes sociales.

h) Diseñar y desarrollar campañas de difusión a través de los medios de comunicación adecuados, con la finalidad de informar y sensibilizar a la comunidad, especialmente a quienes intervienen en la formación y cuidado de los niños, niñas y adolescentes, acerca del modo de actuar en caso de detectar hechos de grooming y prácticas de hostigamiento digital.

i) Celebrar convenios con organismos estatales y no estatales que contribuyan al logro de los objetivos de este Programa.

j) Coordinar acciones interdisciplinarias que permita un abordaje integral de la temática.

k) Articular la línea 102 de maltrato infantil, la que la reemplace y/o las que se pudieren crear en virtud del programa de esta ley.

l) Disponer de medios de comunicación a favor de la comunidad para generar contacto directo y realizar la asistencia dispuesta en el programa



Provincia de Mendoza Artículo 5 Establecen Políticas Públicas que garanticen la Concientización, Prevención y Erradicación del Grooming y otros riesgos que niñas, niños y adolescentes encuentran en Internet tales como el Ciberacoso o Ciberbullyng
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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