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Emisión en formato físico y/o digital de Bonos de Cancelación de Deudas Artículo 1 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Emisión en formato físico y/o digital de Bonos de Cancelación de Deudas La Rioja
Artículo 1.

Facúltase a la Función Ejecutiva a emitir en formato físico y/o digital "Bonos de Cancelación de Deudas" hasta la suma de Pesos Veintidós Mil Quinientos Millones con Cero Centavos ($ 22.500.000.000,00), en la cantidad de series que la misma determine en cada oportunidad, a través de la reglamentación pertinente; debiendo constar en cada Bono que el valor nominal que expresa será equivalente por cada unidad impresa al peso de circulación legal en las denominaciones pertinentes.



Provincia de La Rioja Artículo 1 Emisión en formato físico y/o digital de Bonos de Cancelación de Deudas hasta la suma de $22.500.000.000
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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