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Emergencia de la Prestación de Servicios Públicos Esenciales de la Energía Eléctrica y Agua Potable Artículo 3 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Emergencia de la Prestación de Servicios Públicos Esenciales de la Energía Eléctrica y Agua Potable Chubut
Artículo 3. Protección de la prestación de los Servicios Públicos

Declárase la intangibilidad de fondos, recursos, bienes e insumos de las Cooperativas Prestadoras de Servicios Públicos de la Provincia del Chubut, que resulten afectados a la prestación efectiva de los Servicios Públicos Esenciales a su cargo, en virtud de los contratos de concesión delegatorios de las responsabilidades estatales correspondientes, durante el tiempo de vigencia de la presente Ley, con los siguientes efectos:

a) Se suspenden las ejecuciones de sentencias, acuerdos conciliatorios, y toda intimación que condene a las Cooperativas prestadoras de Servicios Públicos de la Provincia del Chubut, al pago de sumas de dinero o al cumplimiento de obligaciones que se resuelvan en dar sumas de dinero, debiendo disponerse de oficio la suspensión del proceso y la notificación a las partes a excepción de los créditos laborales.

b) Cualquiera fuere la naturaleza del crédito, se suspenden las medidas cautelares y las medidas de ejecución, debiendo disponerse de oficio su inmediato levantamiento por el juez actuante.

c) Las medidas indicadas en los incisos a) y b) del presente no serán aplicables a las controversias o litigios de origen laboral.

d) Instar al Poder Ejecutivo a que en el marco de la negociación prevista en la Ley I N° 619 en la que, junto a las distintas Cooperativas de Servicios Públicos de la Provincia, la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista Sociedad Anónima (CAMMESA) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se solicite el pleno cumplimiento de las compensaciones correspondientes por la aplicación y cumplimiento del artículo 15o de la Ley Nacional N° 27.341



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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