Elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias Artículo 10 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias Ciudad de Buenos Aires
Artículo 10.
La presente ley entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 10 Elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias. Boleta única y tecnologías electrónicas-régimen normativo. Anexo II de la Ley Nº 4894
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal Artículo 2. Funciones en defensa de la Constitución y los intereses generales de la sociedad Requisito para los niveles políticos el carecer de adicción a drogas ilegales Tucumán Artículo 5. Ejercicio profesional de ciencias económicas Mendoza Artículo 44. Ley orgánica del ministerio público Mendoza Artículo 32. Fiscales de Cámara. Deberes y Atribuciones. Sustitución Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica) San Juan Artículo 387. Ley Nº 1384-A (26/11/2015)Publique la información de sí mismo
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