Ejecucion del presupuesto de la administracion publica Artículo 27 Provincia de Córdoba
Ejecucion del presupuesto de la administracion publica Córdoba
Artículo 27.
La contratación de servicios personales sólo procederá para la realización de tareas técnicas o de especialización por persona con título habilitante o reconocidos antecedentes, lo que deberá documentarse fehacientemente.El procedimiento para la contratación será el previsto por el Capítulo Quinto de la Ley de Contabilidad 5.116 y sus normas complementarias, y la única autoridad competente para aprobar el contrato y fijar la remuneración, será el Poder Ejecutivo, cualquiera sea el monto.
Los funcionarios que autoricen prestaciones de servicios sin el cumplimiento previo de los requisitos de formas prescriptos en este Artículo serán pecuniariamente responsables por las indemnizaciones que pudieran resultar, debiendo la Provincia ejercer acción de repetición en su contra, sin perjuicio de las sanciones administrativas que pudieran corresponder.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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