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Donación de un inmueble a la Dirección General de Escuelas Artículo 1 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Donación de un inmueble a la Dirección General de Escuelas 9358 Mendoza
Artículo 1.

Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir, a título de donación a la Dirección General de Escuelas, el inmueble ubicado en el Departamento Malargüe, distrito Ciudad, entre calles Julio Eidls, y las prolongaciones de las calles Ingeniero Barrera, Santiago del Estero y los Goicos, en el cual figura inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz como 1ª Inscripción al Nro. 14861, Fs. 297 del Tomo T 97-A de San Rafael, a nombre de la Provincia de Mendoza, identificado como fracción 3, según plano de mensura y fraccionamiento aprobado y archivado en la Dirección Provincial de Catastro bajo el N° 19-4359, con nomenclatura catastral Nº 19-01-04-0053-000001-0000-6 y Padrón de Rentas Nº 19/11854-6, constante de una superficie de diez mil quinientos sesenta y tres con treinta y seis metros cuadrados (10.563,36 m2).



Provincia de Mendoza Artículo 1 Donación de un inmueble a la Dirección General de Escuelas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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