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Donación de Terrenos a Municipalidad de Las Heras y Vialidad Artículo 2 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Donación de Terrenos a Municipalidad de Las Heras y Vialidad Mendoza
Artículo 2.

Autorízase al Gobierno de la Provincia de Mendoza a transferir a título de donación a la Dirección Provincial de Vialidad las calles que a continuación se detallan, siendo parte de una mayor extensión a nombre del Estado Nacional Argentino y, la Provincia de Mendoza se encuentra facultada a transferir a través de la Ley 24.084, anotado el dominio como 1º Inscripción al Nº 6932 Fs. 63 Tº 37-A de Las Heras e integrantes del plano Nº 44692/03 y afectadas a ensanche de la Ruta Provincial Nº 13 en la Localidad de Uspallata.

Las superficies a donarse, identificadas conforme al Plano de Mensura individualizado son:

Calle 17-A: constante de una superficie de DOS MIL VEINTIOCHO METROS CON CINCUENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS (2028,51 m2). Límites: Norte: con calle 4 en 10,12 m.; Sur: con calle 3 en 10,01 m.; Este: con Estado Nacional Argentino en 201,86 m.; y Oeste: con Ruta Provincial Nº 13 en 203,96 m.

Calle 17-B: constante de una superficie de MIL CUATROCIENTOS METROS CON TREINTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (1400,33 m2). Límites: Norte: con calle 3 en 10,01 m.;Sur: con calle 1 en 10,02 m.; Este: con Estado Nacional Argentino y calle 2 en 140,02 m.; y Oeste: Ruta Provincial Nº 13 en 140,02 m.



Provincia de Mendoza Artículo 2 Donación de Terrenos a Municipalidad de Las Heras y Vialidad
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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