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Determinación, Liquidación y Percepción de obligaciones fiscales Artículo 23 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Determinación, Liquidación y Percepción de obligaciones fiscales San Juan
Artículo 23.

Se pagará:

Inciso A: Cinco Unidades Tributarias (U.T. 5).

1- Por cada solicitud de consulta de Legajo de mensura archivado.

2- Por cada solicitud que requiere contestación por escrito.

3- Por cada solicitud de instrucciones para vinculación de parcelas a marcas catastrales.

4- Por cada solicitud de pedido de copia heliográfica simple.

5- Por cada oficio judicial presentado.

Inciso B: Diez Unidades Tributarias (U.T. 10).

1- Por el otorgamiento de cada certificado de avalúo.

Inciso C: Veinte Unidades Tributarias (U.T. 20).

1- Por el otorgamiento de cada copia de plano de mensura registrado.

Inciso D: Veinticinco Unidades Tributarias (U.T. 25).

1- Por reclamo de reconsideración de avalúo (No se cobrará esta tasa cuando el error de avalúo sea de catastro) 2- Por el otorgamiento de planos aptos para escriturar o trámites administrativos o judiciales.

3- Por cada presentación de oposición de mensura.

4- Por cada presentación de Reconsideración de oposición, anulación, desactualización, suspensión, etc. de mensura.

Provincia de San Juan Artículo 23 Determinación, Liquidación y Percepción de obligaciones fiscales establecidas en el Código Tributario del período fiscal 2014
Artículo 1 ...21 22 23 24 25 ...86

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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