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Derecho al Duelo Gestacional y Perinatal Artículo 7 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Derecho al Duelo Gestacional y Perinatal Misiones
Artículo 7.

La autoridad de aplicación tiene las siguientes funciones:

1) Elaborar y actualizar un Protocolo de Buenas Prácticas para la Atención de la Muerte Gestacional y Perinatal;

2) Evaluar las acciones que se realizan en los centros de salud hacia la persona gestante y su familia, en relación con la muerte del nasciturus fallecido intrauterinamente o intraparto adecuándose a las recomendaciones de las buenas prácticas existentes;

3) Articular la realización periódica de actividades de sensibilización y difusión respecto de la muerte perinatal;

4) Elaborar e implementar programas de formación y capacitación de recursos humanos especializados en la atención de la persona gestante y su familia en contextos de muerte perinatal;

5) Fomentar la inclusión de la temática de muerte perinatal en el diseño curricular de la educación superior de gestión estatal y privada, tanto en las carreras de grado como de posgrado;

6) Garantizar el acompañamiento y apoyo con el equipo multidisciplinario en los efectores de salud durante la totalidad del proceso y tras el alta hospitalaria;

7) Elaborar programas de prevención, educación y promoción de la salud que tengan como propósito la reducción de muertes perinatales;

8) Generar un registro orientado prioritariamente al estudio de las causas más frecuentes de muerte perinatal y de las causas evitables a fin de reducir el riesgo de recurrencia.



Provincia de Misiones Artículo 7 Derecho al Duelo Gestacional y Perinatal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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