Derecho a la Identidad de Origen Artículo 5 Provincia de Buenos Aires
Derecho a la Identidad de Origen Buenos Aires
Artículo 5. LEGITIMACIÓN
Se encuentran legitimados para las acciones administrativas y/o judiciales de búsqueda previstas en la presente Ley, todas las personas humanas, cualquiera sea la fecha y lugar de su nacimiento, que presumieran que su identidad ha sido suprimida, sustituida o alterada por hechos concomitantes o posteriores a su nacimiento, y todo aquel que tenga dudas o desconozca su identidad de origen, así como sus ascendientes y/o descendientes en línea recta y/o sus presuntos hermanos, en los términos indicados a continuación:
a) Cuando el nacimiento o presunto acto de afectación de identidad se hubiera producido en la provincia de Buenos Aires, o así se sospeche, aun cuando la persona peticionante resida o se domicilie en ajena jurisdicción.
b) Cuando la persona peticionante resida o se domicilie en la Provincia de Buenos Aires, aun cuando el nacimiento o presunto acto de afectación de identidad se hubiera producido en ajena jurisdicción.
c) En todos aquellos casos en que por convenio con otras Provincias se consideren incluidos de acuerdo con la reglamentación.Todo ello, sin perjuicio de lo normado en materia de acciones filiatorias, previstas en la legislación de fondo y de procedimiento vigentes.
Provincia de Buenos Aires Artículo 5 Derecho a la Identidad de Origen
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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