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Declarando de interés provincial la restauración y conservación y aprobando el ordenamiento territor Artículo 3 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Declarando de interés provincial la restauración y conservación y aprobando el ordenamiento territorial de los bosques nativos La Pampa
Artículo 3.

Las categor¡as de conservaci¢n se establecen conforme lo dispuesto en el art¡culo 9§ de la Ley Nacional N§ 26331 de "Presupuestos M¡nimos de Conservaci¢n de Bosques Nativos", y ser n las siguientes:

- Categor¡a I (Rojo): Sectores de muy alto valor de conservaci¢n que no deben transformarse. Incluir   reas que por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biol¢gicos sobresalientes y/o la protecci¢n de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad, aunque estos sectores puedan ser h bitat de comunidades ind¡genas y ser objeto de investigaci¢n cient¡fica. No pueden estar sujetas a aprovechamiento forestal, pero se podr n realizar actividades de protecci¢n, mantenimiento, recolecci¢n y otras que no alteren los atributos intr¡nsecos, incluyendo la apreciaci¢n tur¡stica respetuosa, las cuales deber n desarrollarse a trav's de Planes de Conservaci¢n. Tambi'n podr  ser objeto de programas de restauraci¢n ecol¢gica ante alteraciones y/o disturbios antr¢picos o naturales.

- Categor¡a II (Amarillo): Sectores de mediano valor de conservaci¢n, que pueden estar degradados pero que a juicio de la Autoridad de Aplicaci¢n con la implementaci¢n de actividades de restauraci¢n pueden tener un valor alto de conservaci¢n y que podr n ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolecci¢n e investigaci¢n cient¡fica. Los mismos deber n efectuarse a trav's de Planes de Conservaci¢n o Manejo Sostenible, seg£n corresponda.

- Categor¡a III (Verde): Sectores de bajo valor de conservaci¢n que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad, aunque dentro de los criterios de la presente Ley.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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