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Declaran el estado de emergencia sanitaria de los establecimientos geriátricos, de gestión pública y Artículo 7 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Declaran el estado de emergencia sanitaria de los establecimientos geriátricos, de gestión pública y privada Buenos Aires
Artículo 7.

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, determinará el procedimiento a seguir para los casos en que el establecimiento no cumpla las condiciones mínimas de permanencia y deba procederse a su clausura definitiva, disponiendo el traslado de los adultos mayores a otros establecimientos o residencias.

El Municipio podrá proponer al Ministerio la sanción de clausura. Dicha propuesta será analizada por el Ministerio quien, de considerarlo procedente, dictará el acto administrativo pertinente. En estos casos, la operatoria del traslado de los adultos mayores, quedará a cargo del Municipio.



Provincia de Buenos Aires Artículo 7 Declaran el estado de emergencia sanitaria de los establecimientos geriátricos, de gestión pública y privada, en toda la provincia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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