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Declaran Bien de Interés Histórico Cultural un inmueble ubicado en la ciudad de Quilmes Artículo 10 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Declaran Bien de Interés Histórico Cultural un inmueble ubicado en la ciudad de Quilmes Buenos Aires
Artículo 10.

Son atribuciones del Consejo del Sitio para la Memoria, Defensa y Promoción de los Derechos Humanos -Ex Centro Clandestino de Detención Pozo de Quilmes-.

a. Dictar su propio reglamento de funcionamiento, el que deberá prever los mecanismos para la incorporación de nuevos miembros.

b. Elaborar anualmente su proyecto de presupuesto de gastos y recursos con la debida constancia del origen de los fondos para su incorporación a la correspondiente solicitud de subvención anual que la Comisión Provincial por la Memoria presenta ante la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires para su aprobación.

c. Designar un equipo técnico interdisciplinario encargado de desarrollar las actividades dispuestas por el Consejo del Sitio y proponer su nombramiento a la Comisión Provincial por la Memoria quien lo hará con los recursos disponibles solicitados para tal fin como se dispone en inciso anterior.

d. Celebrar convenios con universidades, instituciones y organismos de derechos humanos para fomentar el estudio y la investigación de las causas profundas y las consecuencias en la sociedad del autoritarismo y la ruptura del sistema democrático.

e. Realizar un concurso de anteproyectos para la adecuación del edificio del Sitio para la Memoria, Defensa y Promoción de los Derechos Humanos -Ex Centro Clandestino de Detención Pozo de Quilmes-, en el marco de las normas de preservación y adecuación de inmuebles como testimonios únicos e irremplazables de la historia del país utilizadas por Organismos de Derechos Humanos y Sitios de la Memoria.

f. Elaborar anualmente una planificación de actividades como asimismo un informe anual de su actuación, los que la Comisión Provincial por la Memoria incorporará a su presentación en el plenario de ambas cámaras legislativas.



Provincia de Buenos Aires Artículo 10 Declaran Bien de Interés Histórico Cultural y se transfiere a La Comisión Provincial por la Memoria de la Provincia un inmueble ubicado en la ciudad de Quilmes
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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