Imprimir

Crease el Programa de incentivos fiscales a la inversion productiva Artículo 6 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Crease el Programa de incentivos fiscales a la inversion productiva San Juan
Artículo 6.

Los CERTIFICADOS son de libre disponibilidad y se utilizarán exclusivamente para cancelar obligaciones fiscales provinciales en los porcentajes que establezca la reglamentación. El beneficiario podrá utilizar dichos CERTIFICADOS para compensar sus propias obligaciones fiscales o transferir por única vez, los citados CERTIFICADOS a otros contribuyentes.

El beneficio fiscal establecido en la presente Ley,operará bajo la condición de que el inversor con contribuyente no registre deuda exigible por los impuestos, tasas o multas aplicadas por la Dirección General de Rentas de la Provincia de San Juan.

En caso que el beneficiario incumpliese con alguna de las obligaciones contractuales, el COMITÉ emitirá resolución anulando el beneficio fiscal total o parcialmente, automáticamente el beneficiario quedará como deudor de la Provincia por el monto de los CERTIFICADOS utilizados, más sus correspondientes intereses o multas por el tiempo del incumplimiento



Provincia de San Juan Artículo 6 Crease el Programa de incentivos fiscales a la inversion productiva
Artículo 1 ...4 5 6 7 8 9

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse