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Creación del Colegio de Profesionales en Turismo Artículo 47 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del Colegio de Profesionales en Turismo Entre Ríos
Artículo 47. Obligaciones de los matriculados

 Constituyen obligaciones de los profesionales en turismo:

a) Observar el fiel cumplimiento de la presente ley, su reglamentación, resoluciones y demás disposiciones que se dicten o tuvieren vinculación con la actividad turística.

b) Dar aviso al colegio de todo cambio de domicilio, así como el cese o reanudación del ejercicio de su actividad que se dicte en su consecuencia.

c) Denunciar ante el consejo directivo las transgresiones al ejercicio profesional de las que tuviere conocimiento.

d) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del consejo y la asamblea.

e) Asistir a las asambleas y todo tipo de reunión que se realice, salvo razones debidamente fundadas.

f) Cumplir con las leyes sobre incompatibilidad e inhabilidad del ejercicio profesional.

g) Contribuir a conservar y promocionar el patrimonio turístico.

h) Incentivar la actividad turística en todas sus modalidades.

i) Abonar la cuota de colegiación y/o matricula.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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