Imprimir

Creación fondo de integración y desarrollo del ajo Artículo 8 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación fondo de integración y desarrollo del ajo Mendoza
Artículo 8.

El FIDA podrá destinar recursos a:

a) El cumplimiento de los objetivos de su creación.

b) Cubrir los gastos operativos que demande la gestión y acciones para alcanzar los objetivos propuestos.

Entre estas acciones se pueden citar:

* Acceso a bancos mundiales de datos de comercialización y mercados de ajos.

* Creación del SIMA (Sistema de Inteligencia para Mercados de Ajo).

* Uso de ingeniería satelital para conocer la superficie cultivada y realizar pronósticos de cosecha.

* Promoción del comercio de ajo argentino en foros internacionales.

* Acciones contra empresas extranjeras ilegales en el comercio internacional.

* Acciones en defensa de la protección sanitaria del país en foros internacionales.

* Acciones para la calificación del riesgo de empresas importadoras.

* Desarrollo de tecnologías para la mecanización de cosecha y post cosecha del ajo.

* Desarrollo de tecnología para conservación post cosecha a escala industrial.

* Relevamiento para la calificación de galpones de empaques.

* Desarrollo de tecnología para racionalizar el transporte terrestre y marítimo del ajo.

* Desarrollo de tecnología para la automatización y robotización de galpones de empaque.

* Estudios para la adecuación del sector impositivo y laboral.



Provincia de Mendoza Artículo 8 Creación fondo de integración y desarrollo del ajo
Artículo 1 ...6 7 8 9 10 11

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse