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Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa Artículo 60 Provincia de Formosa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa Formosa
Artículo 60.

Ante la posible existencia de infracciones o incumplimientos a la normativa prevista en el presente régimen, los funcionarios o agentes a cargo de las tareas de vigilancia y control deberán actuar de acuerdo al procedimiento siguiente:

a. Se volcarán en las actas de inspección todos los datos que permitan individualizar al presunto infractor (DNI, cédula, pasaporte, CUIT o CUIL, razón social en el caso personas jurídicas, domicilio particular).

b. En el acta de inspección deberá realizarse una descripción circunstanciada de los hechos u omisiones de los que podrían derivarse una posible infracción al presente régimen.

c. Cuando los funcionarios o agentes presuman la posibilidad de un grave riesgo para el ambiente, deberán requerir el inmediato auxilio de la fuerza pública, dejándose expresa constancia de tal solicitud en el acta de inspección.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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