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Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa Artículo 20 Provincia de Formosa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa Formosa
Artículo 20.

Los Monumentos Naturales son sitios, especies vivas de animales o plantas, ambientes naturales y yacimientos arqueológicos o paleontológicos, de relevante y singular importancia provincial, representativos de los biomas y ecosistemas de la Provincia. Éstos deberán ser de interés tanto de índole científica, estética o cultural, y declarados como tales por leyes específicas y a los cuales se les otorga protección absoluta. Son inviolables, no pudiendo realizarse en ellos o en casos de especies, con ellos, actividad alguna con excepción de visitas guiadas con fines educativos o turísticos, que garanticen el principio de la intangibilidad absoluta, asegurando su protección a perpetuidad.

Las especies vivas de animales silvestres o vegetales declaradas como tales gozarán de protección efectiva y no podrán ser cazados, derrumbados, vendidos, extraídos, dañados, destruidos o explotados salvo expresa autorización de la Autoridad de Aplicación por motivos científicos, biológicos u otros, previo estudio técnico que justifique de manera adecuada la excepcionalidad de la medida.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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