Creación del Programa Provincial de Financiamiento de Proyectos Municipales para una Ciudad Segura Artículo 7 Provincia del Chubut
Creación del Programa Provincial de Financiamiento de Proyectos Municipales para una Ciudad Segura Chubut
Artículo 7. DE LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
Los antecedentes de cada proyecto serán remitidos desde el Municipio a la Secretaría de Seguridad y Justicia. Una vez presentado, la Secretaría deberá en un plazo de treinta (30) días corridos contados desde su recepción, aprobarlos o rechazarlos, de conformidad con los requisitos técnicos establecidos en la reglamentación del programa, debiendo remitir copia al CONSEJO PROVINCIAL DE SEGURIDAD (CO.PRO.SE.).Una vez presentado , la Secretaría de Seguridad y Justicia deberá en un plazo de treinta (30) días corridos contados desde su recepción, aprobarlos o rechazarlos, de conformidad con los requisitos técnicos establecidos en la regulación del programa creado por la presente Ley o con los objetivos determinados en el Plan de Seguridad Ciudadana.
Provincia del Chubut Artículo 7 Creación del Programa Provincial de Financiamiento de Proyectos Municipales para una Ciudad Segura
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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