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Creación del Programa Provincial de Asistencia y Fortalecimiento Institucional Artículo 3 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Programa Provincial de Asistencia y Fortalecimiento Institucional Misiones
Artículo 3.

La autoridad de aplicación tiene como funciones:

1) Desarrollar políticas públicas que acompañen e impulsen la modernización de la administración local;

2) Definir y gestionar los estándares tecnológicos, procesos y procedimientos aplicables a la innovación de la gestión municipal;

3) Brindar asistencia y apoyo tecnológico a los núcleos de administración municipal;

4) Planificar y coordinar junto a los gobiernos locales, políticas y actividades destinadas a modernizar los sistemas de información de gestión;

5) Diseñar planes de capacitación en la implementación y la ejecución de TIC en el desarrollo de la gestión administrativa y deliberativa municipal;

6) Elaborar un trabajo conjunto entre los municipios y los distintos organismos provinciales, a efectos de propiciar estrategias y prácticas de gestión que permitan la interacción digital entre los mismos;

7) Colaborar en el diseño de estrategias de planificación gubernamental;

8) Implementar un plan estratégico que permita mejorar la conectividad y accesibilidad de todos los municipios;

9) Suscribir convenios con Multimedios Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria, a fin de proveer a la difusión de las políticas institucionales de cada municipio;

10) Articular convenios con organismos provinciales, organismos constitucionales, instituciones educativas, fundaciones, organizaciones no gubernamentales orientados a fortalecer la formación en nuevas tecnologías aplicadas a las funciones administrativas y deliberativas;

11) Coordinar acciones con el Instituto de Formación para la Gestión Pública para la formación permanente del personal municipal;

12) Asistir en la creación de Digestos Jurídicos Municipales, como herramienta de depuración normativa, y acompañar el proceso de consolidación normativa;

13) Generar espacios de formación teórico-prácticos de redacción de normas deliberativas;

14) Participar a solicitud de los departamentos ejecutivo y deliberativo, en la elaboración de instrumentos institucionales: reglamentos, manuales de técnica.



Provincia de Misiones Artículo 3 Creación del Programa Provincial de Asistencia y Fortalecimiento Institucional
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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