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Creación del Programa Mendoza Activa II Artículo 3 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Programa Mendoza Activa II Mendoza
Artículo 3. Modalidad - Aceleración

En todos los casos la Provincia reintegrará hasta el cuarenta por ciento (40%) de la inversión efectivamente realizada, neta de IVA para el caso de beneficiarios que revistan la calidad de responsables inscriptos, pudiendo utilizar como medios de reintegros el dinero en efectivo, la provisión de una tarjeta de consumo o billetera electrónica (para uso en actividades turísticas, gastronómicas, sociales, culturales, recreativas, deportivas y de interés local, entre otras) y el otorgamiento de un crédito fiscal, conforme lo establezca la reglamentación. Los proyectos que luego de ejecutados cumplan con todos o algunos de los objetivos de generación de empleo permanente y/o, innovación tecnológica mendocina y/o contribuyan a las exportaciones provinciales podrán acceder a un reintegro de hasta un cinco por ciento (5%) de la inversión efectivamente realizada, neta de IVA para el caso de beneficiarios o beneficiarias que revistan la calidad de responsables inscriptos; en concepto de estímulo que el Programa denomina "PLUS ACTIVA", de acuerdo a lo que establezca la reglamentación. Podrán acceder a un 5% de reintegro adicional al indicado en el presente artículo quienes adquieran la calidad de beneficiarios o beneficiarias en los programas mencionados en los incisos a, h y q del artículo 2°, siempre que sus órganos de gobierno posean una proporción mayoritariamente femenina. Inclúyase a los proyectos de carácter unipersonales.



Provincia de Mendoza Artículo 3 Creación del Programa Mendoza Activa II
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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