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Creación del Fondo de Vivienda e Infraestructura de Servicios Artículo 9 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del Fondo de Vivienda e Infraestructura de Servicios Chubut
Artículo 9.

El Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano formulará en un plazo máximo de ciento veinte días (120) el convenio tipo y único para las operatorias previstas (construcción de vivienda única y/o infraestructura de servicios sanitarios y energía) y que deberán suscribir las partes. En dicho plazo también diseñará los prototipos de viviendas, organizará la operatoria para la remisión mensual de los fondos a los tomadores de los créditos y el sistema de cobranza.



Provincia del Chubut Artículo 9 Creación del Fondo de Vivienda e Infraestructura de Servicios
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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