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Creación del Cuerpo de Magistrados Suplentes del Ministerio Público Artículo 2 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del Cuerpo de Magistrados Suplentes del Ministerio Público Buenos Aires
Artículo 2. Integración

El Cuerpo de Magistrados Suplentes del Ministerio Público estará integrado por el número de Agentes Fiscales, Defensores Oficiales y Asesores de Incapaces Suplentes que se detalla a continuación.

A tal fin, créanse los siguientes cargos en cada región indicada:

A) Cuarenta y cinco (45) cargos de Agente Fiscal Suplente, con competencia además para actuar ante el Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil, divididos de la siguiente forma:

1. Diez (10) cargos para los Departamentos Judiciales La Plata, Lomas de Zamora, Quilmes, Moreno-General Rodríguez y Avellaneda-Lanús.

2. Doce (12) cargos para los Departamentos Judiciales Morón, San Martín, La Matanza, San Isidro y Merlo.

3. Seis (6) cargos para los Departamentos Judiciales Zárate-Campana, San Nicolás y Pergamino.

4. Seis (6) cargos para los Departamentos Judiciales Junín, Trenque Lauquen y Mercedes.

5. Siete (7) cargos para los Departamentos Judiciales Azul, Mar del Plata y Dolores.

6. Cuatro (4) cargos para los Departamentos Judiciales Bahía Blanca y Necochea.

B) Veintitrés (23) cargos de Defensor Oficial Suplente para actuar ante los Fueros Criminal y Correccional y de la Responsabilidad Penal Juvenil, divididos de la siguiente forma:

1. Seis (6) cargos para los Departamentos Judiciales La Plata, Lomas de Zamora, Quilmes, Moreno-General Rodríguez y Avellaneda-Lanús.

2. Seis (6) cargos para los Departamentos Judiciales Morón, San Martín, La Matanza, San Isidro y Merlo.

3. Tres (3) cargos para los Departamentos Judiciales Zárate-Campana, San Nicolás y Pergamino.

4. Tres (3) cargos para los Departamentos Judiciales Junín, Trenque Lauquen y Mercedes.

5. Tres (3) cargos para los Departamentos Judiciales Azul, Mar del Plata y Dolores.

6. Dos (2) cargos para los Departamentos Judiciales Bahía Blanca y Necochea.

C) Ocho (8) cargos de Defensor Oficial Suplente para actuar ante los Fueros Civil, Comercial y de Familia, divididos de la siguiente forma:

1. Dos (2) cargos para los Departamentos Judiciales La Plata, Lomas de Zamora, Quilmes, Moreno-General Rodríguez y Avellaneda-Lanús 2. Dos (2) cargos para los Departamentos Judiciales Morón, San Martín, La Matanza, San Isidro y Merlo.

3. Un (1) cargo para los Departamentos Judiciales Zárate-Campana, San Nicolás y Pergamino.

4. Un (1) cargo para los Departamentos Judiciales Junín, Trenque Lauquen y Mercedes.

5. Un (1) cargo para los Departamentos Judiciales Azul, Mar del Plata y Dolores.

6. Un (1) cargo para los Departamentos Judiciales Bahía Blanca y Necochea.

D) Ocho (8) cargos de Asesor de Incapaces Suplente, divididos de la siguiente forma:

1. Dos (2) cargos para los Departamentos Judiciales La Plata, Lomas de Zamora, Quilmes, Moreno-General Rodríguez y Avellaneda-Lanús.

2. Dos (2) cargos para los Departamentos Judiciales Morón, San Martín, La Matanza, San Isidro y Merlo.

3. Un (1) cargo para los Departamentos Judiciales Zárate-Campana, San Nicolás y Pergamino.

4. Un (1) cargo para los Departamentos Judiciales Junín, Trenque Lauquen y Mercedes.

5. Un (1) cargo para los Departamentos Judiciales Azul, Mar del Plata y Dolores.

6. Un (1) cargo para los Departamentos Judiciales Bahía Blanca y Necochea.

Si la totalidad de los magistrados del Ministerio Público asignados a una región se encontraren en funciones y las necesidades de servicio lo requieran, los designados en otra región podrán ser convocados para cubrir vacantes existentes en aquélla, con su consentimiento.



Provincia de Buenos Aires Artículo 2 Creación del Cuerpo de Magistrados Suplentes del Ministerio Público
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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