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Creación del Colegio Profesional de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional Artículo 41 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del Colegio Profesional de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional Santa Fe
Artículo 41. Elección y composición de la Comisión Revisora de Cuentas



Los miembros de la Comisión Revisora de Cuentas son elegidos por el voto directo, secreto y obligatorio de todos los matriculados. La misma está integrada por tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes. Tanto los titulares como los suplentes, lo serán dos (2) en representación de la mayoría y uno (1) de la minoría, siempre y cuando ésta supere el tres por ciento (3%) de los votos. La duración del mandato de sus miembros es de tres (3) años, pudiendo los mismos ser reelectos por dos (2) períodos consecutivos. Luego de la segunda reelección, para poder ser nuevamente electo, debe transcurrir como mínimo un período sin ocupar cargo alguno en la institución.

Para ser miembro de la Comisión Revisora de Cuentas se requiere:

a) figurar inscripto en la matrícula con una antigüedad no inferior a cinco (5) años cumplida a la fecha de oficialización de las listas por la J unta Electoral; y, b) no ser miembro de los órganos del Colegio al tiempo de su elección.

Provincia de Santa Fe Artículo 41 Creación del Colegio Profesional de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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