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Creación de la figura del Abogado del Niño Artículo 4 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Creación de la figura del Abogado del Niño Córdoba
Artículo 4. Funciones

Corresponde al Abogado del Niño, en los ámbitos, instancias y fueros en los que actúa:

a) Ejercer la defensa técnica de los derechos y garantías de las niñas, niños y adolescentes que le son reconocidos por el ordenamiento jurídico vigente, en los procedimientos mencionados en el artículo 1º de esta Ley;

b) Intervenir y asesorar en las instancias de mediación o conciliación;

c) Asistir y defender los derechos de las niñas, niños y adolescentes en forma independiente de cualquier otro interés que los afecte;

d) Mantener informado a la niña, niño o adolescente de todo cuanto suceda en el proceso e instruirlo de los distintos mecanismos y elementos disponibles para una mejor defensa de sus derechos, y e) Realizar toda otra tarea profesional que resulte necesaria para el resguardo del interés superior de las niñas, niños o adolescentes.



Provincia de Córdoba Artículo 4 Creación de la figura del Abogado del Niño
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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