Creación de la figura del Abogado del Niño Artículo 4 Provincia de Córdoba
Creación de la figura del Abogado del Niño Córdoba
Artículo 4. Funciones
Corresponde al Abogado del Niño, en los ámbitos, instancias y fueros en los que actúa:
a) Ejercer la defensa técnica de los derechos y garantías de las niñas, niños y adolescentes que le son reconocidos por el ordenamiento jurídico vigente, en los procedimientos mencionados en el artículo 1º de esta Ley;
b) Intervenir y asesorar en las instancias de mediación o conciliación;
c) Asistir y defender los derechos de las niñas, niños y adolescentes en forma independiente de cualquier otro interés que los afecte;
d) Mantener informado a la niña, niño o adolescente de todo cuanto suceda en el proceso e instruirlo de los distintos mecanismos y elementos disponibles para una mejor defensa de sus derechos, y e) Realizar toda otra tarea profesional que resulte necesaria para el resguardo del interés superior de las niñas, niños o adolescentes.
Provincia de Córdoba Artículo 4 Creación de la figura del Abogado del Niño
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Procedimiento para la aplicación de los convenios sobre restitución internacional de niñas Córdoba Artículo 39. De forma Ley de procedimiento administrativo Córdoba Artículo 19. Facultades y obligaciones del mandatario. Notificación o comparendo personal del interesado Creación de la figura del Abogado del Niño Córdoba Artículo 1. Creación. Ámbito de actuación Declara Monumento Provincial y Patrimonio Histórico al Monumento Conmemorativo Presidente Doctor Néstor Carlos Kirchner Santa Cruz Artículo 1. Juicio por Jurados y con Vocales Legos Chubut Artículo 61. IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIAPublique la información de sí mismo
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