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Crea ley para normalizar el funcionamiento del sistema de residencias del Ministerio de Salud Artículo 17 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Crea ley para normalizar el funcionamiento del sistema de residencias del Ministerio de Salud Mendoza
Artículo 17.

Las solicitudes de creación de Residencias se receptarán durante octubre del año anterior al que se programe el inicio de sus actividades.

Previa puesta en marcha de la operatoria evaluativa del Servicio donde se desea crear una Residencia, se tendrá en cuenta si se justifica su implementación en el lugar propuesto a través de las siguientes consideraciones mínimas:

a) Necesidad de profesionales capacitados en esa especialidad por carencias cualitativas o cuantitativas de los mismos en la Provincia o en la zona donde se encuentra el hospital o efector.

b) Consideración de la alta capacidad o exclusiva posibilidad en enseñanza del Servicio propuesto, particularmente en especialidades, que aunque no prioritarias con respecto a lo expresado en el párrafo anterior, no cuentan con un número suficiente de centros de capacitación a nivel provincial o nacional.

c) Consideración de los beneficios que el sistema pueda aportar para el desarrollo de las tareas específicas del Servicio y por ende del Establecimiento.

Provincia de Mendoza Artículo 17 Crea ley para normalizar el funcionamiento del sistema de residencias del Ministerio de Salud y Ministerio de Desarrollo Humano Familia y comunidad de la provincia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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