Constitución Artículo 167 Provincia de Misiones
Constitución Misiones
Artículo 167.
Son recursos municipales, sin perjuicio de los demás que la ley establezca:
1) El impuesto a la propiedad inmobiliaria y a las actividades lucrativas, en concurrencia con la Provincia y en la forma que la ley determine;
2) Las tasas y patentes;
3) Las contribuciones por mejoras;
4) Las multas pro contravenciones a sus disposiciones y todos los demás recursos que la ley atribuya a los municipios;
5) Los empréstitos y demás operaciones de crédito;
Provincia de Misiones Artículo 167 Constitución
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Un hospital público puede cobrar las pericias, juntas médicas o exámenes que se practiquen a pedido del Poder Judicial?
Quisiera saber si la ley para reclamar malos tratos también sirve para organismos gubernamentales
se filtro agua en el techo del dpto y la propietaria no dio aùn soluciòn (20 dias) se cayo parte del cielorraso ,quiero rescindir el contrato(14 meses)
Me vendieron un automóvil con el cual no llegue a mí destino tenía el Carter roto pogado con poxilina, me dijo que debía $ 12 mil de patentes me adjunto los comprobantes y confiado firme ,pero la deuda real de patentes supera los 60 mil $ como debo actuar ante una evidente estafa
Si firme un contrato de adhesion a un fideicomiso para la construcion de departamento estoy obligada a pagar las expensas pese que eledificio no esta ocupao
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