Constitución Artículo 96 Provincia de Catamarca
Constitución Catamarca
Artículo 96.
Cada Cámara podrá nombrar comisiones de su seno para examinar el estado del tesoro y para el mejor desempeño de las atribuciones que les concierne; y podrá pedir a los ministros y jefes de reparticiones de la administración todos los informes que crea convenientes.En las comisiones permanentes, cuyo número y composición determinará el reglamento, estarán también representadas las minorías.
Sus miembros serán designados por cada Cámara a simple pluralidad de sufragios, pudiendo por el voto de los dos tercios facultar a la Presidencia para hacerlo, previa consulta a los sectores políticos integrantes del cuerpo, en ambos casos.
Provincia de Catamarca Artículo 96 Constitución
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si es el hijo le corresponde, por ser hijo heredero en la misma condicion que el otro hermano o medio hno
Buen Día. Como se revoca Carta Poder a abogado? Puedo hacerlo personalmente con carta documento ?
Buenas.
Tengo una consulta, si me caso con una ciudadana argentina, cuáles son los paso a seguir para obtener la ciudadanía argentina.
Pensamos casarnos en argentina, pero ninguno tiene idea de los paso a seguir.
Buenos dias. Cuando abren las inscripciones a los programas PPP y XMI?
En principio debe acreditar el vinculo y adjuntar toda la documentación requerida.
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