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Colegio Profesional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Artículo 7 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Colegio Profesional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Misiones
Artículo 7.

Configuran causales de cancelación de la matrícula:

1) muerte del profesional;

2) solicitud del colegiado;

3) enfermedad física o mental permanente o transitoria que inhabilite para el ejercicio de la profesión mientras éstas duren, previo dictamen de junta médica constituida al efecto;

4) inhabilitación permanente o transitoria emanada del Tribunal de Ética y Disciplina, sentencia judicial o disposición legal;

5) radicación del domicilio del colegiado fuera del territorio de la Provincia;

6) las suspensiones por más de un (1) mes en el ejercicio de la profesión dispuestas por el Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio cuando se reiteren en tres (3) oportunidades. Transcurridos cinco (5) años contados a partir del cumplimiento de dicha sanción, el profesional puede solicitar nuevamente su inscripción en la matrícula, previo dictamen del Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio.

Provincia de Misiones Artículo 7 Colegio Profesional de Higiene y Seguridad en el Trabajo
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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