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Colegio Profesional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Artículo 38 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Colegio Profesional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Misiones
Artículo 38.

Sin perjuicio de considerar como transgresiones a la ética profesional a todo incumplimiento de las disposiciones de esta Ley, las reglamentaciones que al efecto se dicten, resoluciones y disposiciones emanadas de las autoridades del Colegio, dictadas en la esfera de sus atribuciones específicas, son consideradas como faltas graves las siguientes:

1) condena criminal por delito doloso o culposo profesional, o sancionados con accesoria de inhabilitación profesional;

2) firma de trabajos, documentos o cualquier otra instrumentación que implique y comprenda el ejercicio de la Profesión de Higiene y Seguridad en el Trabajo, sin que el trabajo haya sido ejecutado por el profesional en la medida que dicha firma, formal y substancialmente, lo hace suponer;

3) ejercicio de la profesión con la matrícula suspendida o cancelada;

4) retardo, negligencia o ineptitud manifiesta;

5) toda acción u omisión en actuación pública o privada, no contenida en la enunciación precedente que comprometa el honor y la dignidad de la profesión.

Provincia de Misiones Artículo 38 Colegio Profesional de Higiene y Seguridad en el Trabajo
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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