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Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes Artículo 2 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes San Luis
Artículo 2. Requisitos

Para ejercer la profesión de Traductor Público e Intérprete se requiere poseer matrícula profesional otorgada por el Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes de la provincia de San Luis, para lo cual se deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Acreditar identidad y ser mayor de edad;

b) Ser argentino, nativo o naturalizado, o extranjero con residencia definitiva;

c) Poseer título habilitante de traductor público oficialmente reconocido por el Ministerio de Educación de la Nación, expedido por Institutos, Universidad Nacional o Provincial, Pública o Privada, del País o del extranjero. En este último supuesto, el título debe estar revalidado por Universidad Pública, Nacional o Provincial o en virtud de tratados internacionales;

d) No haber sido condenado a pena de inhabilitación absoluta o profesional mientras subsistan los efectos de las mismas;

e) No estar excluido de la matrícula profesional por sanciones disciplinarias, salvo que hubieren transcurridos TRES (3) años de la resolución que la canceló;

f) Poseer domicilio real y constituir domicilio legal en la provincia de San Luis.-



Provincia de San Luis Artículo 2 Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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