Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes Artículo 16 Provincia de San Luis
Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes San Luis
Artículo 16. Consejo Directivo
El Consejo Directivo se compondrá de la siguiente manera: UN (1) Presidente, UN (1) Secretario, UN (1) Tesorero, DOS (2) Vocales Titulares y UN (1) Vocal Suplente, quienes durarán DOS (2) años en el cargo y podrán ser reelectos por un período igual. Para ser miembro del Consejo Directivo se requiere un mínimo de TRES (3) años de ejercicio de la profesión, y haber residido durante los DOS (2) años inmediatos anteriores a su postulación en la provincia de San Luis.
Corresponde al Consejo Directivo el ejercicio de todas las facultades propias del Colegio, excepto aquellas expresamente reservadas a la Asamblea o al Tribunal de Ética.
El Reglamento del Colegio establecerá las funciones de los miembros del Consejo Directivo así como la forma de reemplazos.
En caso de urgencia el Presidente podrá resolver todo asunto que no admita demora, con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo en sesión que convocará de inmediato a tal fin.-
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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