Imprimir

Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes Artículo 16 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes San Luis
Artículo 16. Consejo Directivo

El Consejo Directivo se compondrá de la siguiente manera: UN (1) Presidente, UN (1) Secretario, UN (1) Tesorero, DOS (2) Vocales Titulares y UN (1) Vocal Suplente, quienes durarán DOS (2) años en el cargo y podrán ser reelectos por un período igual. Para ser miembro del Consejo Directivo se requiere un mínimo de TRES (3) años de ejercicio de la profesión, y haber residido durante los DOS (2) años inmediatos anteriores a su postulación en la provincia de San Luis.

Corresponde al Consejo Directivo el ejercicio de todas las facultades propias del Colegio, excepto aquellas expresamente reservadas a la Asamblea o al Tribunal de Ética.

El Reglamento del Colegio establecerá las funciones de los miembros del Consejo Directivo así como la forma de reemplazos.

En caso de urgencia el Presidente podrá resolver todo asunto que no admita demora, con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo en sesión que convocará de inmediato a tal fin.-



Provincia de San Luis Artículo 16 Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes
Artículo 1 ...14 15 16 17 18 ...29

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse