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Código Procesal Penal Artículo 320 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Tucumán
Artículo 320. PRÓRROGA EXTRAORDINARIA. CONVERSIÓN

Vencido el plazo de la investigación, el fiscal de instrucción podrá requerir fundadamente, dentro de las 24 horas, la prórroga de la investigación por veinte (20) días más.

Vencido el plazo de la prórroga, el fiscal de instrucción podrá requerir fundadamente, dentro de las 24 horas, la conversión de la investigación sumaria en investigación ordinaria (Artículo 346), cuando para la comprobación del delito sea pertinente practicar prueba cuya tramitación y producción exceda los plazos de investigación previstos en este capítulo. En todos los casos, el juez resolverá en el plazo de veinticuatro (24) horas. Su decisión será irrecurrible.



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Los comentarios de los usuarios

Cuantas prorrogas puede pedir un juez y que articulo respalda su desicion en el tema de rebeldia

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