Código Procesal Penal Artículo 339 Provincia de Córdoba
Código Procesal Penal Córdoba
Artículo 339. Regla General
La investigación jurisdiccional se practicará de acuerdo con las normas previstas por éste Código y con arreglo a lo dispuesto por el presente capítulo.
Provincia de Córdoba Artículo 339 Código Procesal Penal
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Código Procesal Penal Córdoba Artículo 356. Juicio Abreviado Inicial Código de Faltas Mendoza Artículo 125 quater. Código Procesal Penal Córdoba Artículo 24. Titular Código Procesal Laboral Córdoba Artículo 82. Código Procesal Laboral Córdoba Artículo 86. Condiciones de interposicióRecomendados
Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Santa Fe Artículo 41. Definición Transferencia a favor de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche el dominio de un inmueble propiedad Nacional Artículo 1. Ley de Mercado de Capitales Nacional Artículo 149. Código Procesal Penal Córdoba Artículo 338. Oposición. Trámite Código Procesal Penal Córdoba Artículo 324. AtribucionesPublique la información de sí mismo
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