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Código Procesal de Familia Artículo 341 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal de Familia Tucumán
Artículo 341.

EFECTOS - PRINCIPIO GENERAL: Los recursos se concederán con efecto suspensivo, salvo que se tratare de:

1. Medidas autosatisfactivas de protección de persona.

2. Fijación o aumento de alimentos provisorios o definitivos.

3. Fijación o modificación de régimen comunicacional provisorio o definitivo.

4. Autorizaciones judiciales para salir del país o para cambio de residencia de personas menores de edad, o con capacidad restringida, o con incapacidad.

5. Medidas cautelares en general.

6. Medidas dictadas en el marco del Sistema de Protección Integral de NNyA.

7. Determinación o modificación del cuidado personal provisorio o definitivo.

8. Cualquier otra cuestión que a criterio del Juez resulte adecuada a la materia decidida.

La denegación de los efectos del recurso deberá ser fundada.

La resolución que concediera el recurso no será recurrible por ante el mismo Juez o Tribunal que la dictó.

Provincia de Tucumán Artículo 341 Código Procesal de Familia
Artículo 1 ...339 340 341 342 343 ...384

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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