Código Procesal de Familia Artículo 190 Provincia de Río Negro
Código Procesal de Familia Río Negro
Artículo 190. Admisibilidad o desestimación
Una vez contestada la solicitud la judicatura debe resolver:a) Si declara admisible la petición.
b) Si la desestima sin más trámite.
En el primer caso se ordena la apertura a prueba y se designa el equipo interdisciplinario para que examine a la persona en cuyo interés se promueve el trámite.
La prueba debe rendirse dentro de los treinta (30) días desde que fue ordenada.
Provincia de Río Negro Artículo 190 Código Procesal de Familia
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 118. Contenidos y formalidades Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 256. Normas aplicables Código Procesal Penal Río Negro Artículo 24. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA Adhesión a la Ley Nacional N° 27.043 de Abordaje Integral e Interdisciplinario de las Personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA) Provincia de Entre Ríos Sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público Nacional Artículo 3. Autoridad de aplicaciónPublique la información de sí mismo
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