Código Procesal Civil y Comercial Artículo 473 Provincia de San Luis
Código Procesal Civil y Comercial San Luis
Artículo 473. PLANOS, EXAMEN CIENTIFICO Y RECOSNTRUCCION DE LOS HECHOS
De oficio o a pedido de parte, el juez podrá ordenar:1 Ejecución de planos, relevamientos, reproducciones fotográficas, cinematográficas, o de otra especie de objetos, documentos o lugares con empleo de medios o instrumentos mecánicos.
2 Exámenes científicos necesarios para el mejor esclarecimiento de los hechos controvertidos.
3 Reconstrucción de hechos, para comprobar si se han producido o pudieron realizarse de una manera determinada.
A estos efectos podrán disponer que comparezcan los peritos y testigos.
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 454. DEPOSITO Y EXAMEN DE LOS INTERROGATORIOS Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 531. INTIMACION DE PAGO Y PROCEDIMIENTO PARA EL EMBARGO Código Procesal Civil y Comercial Neuquén Artículo 374. Cargo de las costas Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 566. ADJUDICACION DE TITULOS O ACCIONESRecomendados
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