Código Procesal Civil y Comercial Artículo 199 Provincia de La Pampa
Código Procesal Civil y Comercial La Pampa
Artículo 199. PELIGRO DE PERDIDA O DESVALORIZACION
Si hubiere peligro de pérdida o desvalorización de los bienes afectados, o si su conservación fuere gravosa o difícil, a pedido de parte y previa vista a la otra por un plazo breve que fijará según la urgencia del caso, el juez podrá ordenar la venta en la forma más conveniente, abreviando los trámites y habilitando días y horas.
Provincia de La Pampa Artículo 199 Código Procesal Civil y Comercial
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Estatuto para el personal del Poder Legislativo Santa Fe Artículo 40. Menciones especiales Estatuto para el personal del Poder Legislativo Santa Fe Artículo 90. Adhesión a la Ley Nacional 27.506 - Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento Provincia de San Luis Estatuto para el personal del Poder Legislativo Santa Fe Artículo 77. Estatuto para el personal del Poder Legislativo Santa Fe Artículo 87.Recomendados
Código Procesal Civil y Comercial La Pampa Artículo 409. OFRECIMIENTO Código Procesal Civil y Comercial La Pampa Artículo 347. PERTINENCIA Y ADMISIBILIDAD DE LA PRUEBA Código Procesal Civil y Comercial La Pampa Artículo 350. COMPUTO DEL PLAZO ORDINARIO DE PRUEBA Código de Procedimientos Mineros Salta Artículo 132. Ley Argentina Digital Nacional Artículo 98.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios