Código Procesal Civil y Comercial Artículo 65 Provincia del Chaco
Código Procesal Civil y Comercial Chaco
Artículo 65. Gestor
En casos urgentes, podrá admitirse la comparecencia en juicio sin los instrumentos que acrediten la personalidad. Si no fueren presentados o no se ratificase la gestión por el interesado dentro del plazo de sesenta (60) días, será nulo todo lo actuado por el gestor y éste pagará las costas causadas, sin perjuicio de la responsabilidad por los daños ocasionados.
Provincia del Chaco Artículo 65 Código Procesal Civil y Comercial
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Código Procesal Penal Córdoba Artículo 38. Código Procesal Civil Mendoza Artículo 128. DEPOSITO DE COSAS Código de Procedimientos Mineros Salta Artículo 129. Código Procesal Penal Córdoba Artículo 214. Intercepción de Correspondecia Código Procesal Penal San Luis Artículo 250. MEDIDAS SOCIO-EDUCATIVASRecomendados
Código Procesal Civil y Comercial Chaco Artículo 608. Traslado de las actuaciones Código Procesal Civil y Comercial Chaco Artículo 78. Procedencia Código Procesal Civil y Comercial Chaco Artículo 117. Anotación de peticiones Código Procesal Civil y Comercial Chaco Artículo 84. Alcance Ley de Procedimiento Administrativo Mendoza Artículo 16.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios