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Código Procesal Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minero Artículo 569 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minero Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 569. Informe social

Por medio de un Asistente Social que designará el Juez se elaborará un informe social en el que se determinarán los siguientes puntos: a) Si la dolencia mental de la persona ha incidido habitualmente en su vida de relación y de qué forma. b) El contexto social en que se desenvuelve habitualmente la vida de la persona. c)Valorará en su caso las necesidades que corresponda satisfacer para lograr una adecuada inserción social de la persona,colocando el orden de prioridad en que se deberán concretar y pasos para obtener dicho fin, con plazo estimativo para cada uno. d) La existencia de bienes, derechos patrimoniales, beneficios sociales, etc. e) Opinará cuando fuere pertinente, sobre la frecuencia aconsejable de las rendiciones de cuentas, así como de la actualización del informe social, teniendo en cuenta las circunstancias del caso.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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