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Código Fiscal Artículo 97 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2025

Código Fiscal Santiago del Estero
Artículo 97. NULIDAD

El Recurso de Nulidad procede por:

1) Vicio de procedimientos;

2) Defectos de formas en la resolución;

3) Incompetencia del funcionario que la hubiere dictado;

4) Falta de admisión de la prueba ofrecida conducente a la solución de la causa;

5) Falta de producción de la prueba ante su admisión, cuando su diligenciamiento estuviere a cargo de la Autoridad de Aplicación a sus efectos.



Provincia de Santiago del Estero Artículo 97 Código Fiscal
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por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar


estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales


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