Código Fiscal Artículo 321 Provincia de Santiago del Estero
Código Fiscal Santiago del Estero
Artículo 321. GUIAS DE CAMPAÑA
Todo movimiento de hacienda y frutos del país que deban trasladarse fuera de la provincia, o de un departamento a otro dentro de la misma, consignada al mismo productor o a un tercero, o como consecuencia de una venta, solo podrá efectuarse mediante guías habilitadas especialmente.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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Constitución Formosa Artículo 109. Código Procesal Civil y Comercial Chaco Artículo 54. Recusación Código Fiscal Santiago del Estero Artículo 137. PRUEBAS DE LAS EXCEPCIONES Código Procesal Civil y Comercial Chaco Artículo 286. Producción de la prueba Disponen la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, Ley 6.730 Mendoza Artículo 23.Publique la información de sí mismo
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